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¿Qué es el criterio de regularidad?

Definición del concepto de criterio de regularidad

Maxime LE MOIGNIC avatar
Escrito por Maxime LE MOIGNIC
Actualizado hace más de 3 años

Seguimiento de pacientes y recetas para estudios de la vida real

Cuando se estudia el comportamiento de una cohorte de pacientes en el mundo de los dispensarios, es útil destacar a los pacientes "perdidos durante el seguimiento", es decir, es decir, pacientes que dejan de acudir a las farmacias durante un período determinado sin que sepamos el motivo.
Un paciente se considera perdido de seguimiento si cambia de farmacia, por lo que aplicamos un criterio de regularidad en la asistencia del paciente en una farmacia determinada a los 60, 90 o 120 días entre 2 visitas a la farmacia, todos los productos combinados.
Estos pacientes son excluidos sistemáticamente de la cohorte para no interrumpir los análisis.

El criterio de regularidad

Periodo máximo durante el cual el asegurado social no es atendido en la farmacia sin ser declarado perdido para el seguimiento. Proponemos 3 valores predeterminados (60, 90 y 120 días). Un criterio de alta regularidad permite incluir más asegurados sociales pero el seguimiento será menos bueno (aumento del número de perdidos de seguimiento). Un criterio de baja regularidad restringirá la población de la seguridad social a pacientes con tratamientos crónicos para los que es necesario acudir a farmacia con regularidad.

  • Regularidad de 60 días: los asegurados sociales que hayan tenido un problema de selección en una fecha T deben ser atendidos al menos una vez en la farmacia dentro de los 60 días siguientes a la emisión, todos los productos combinados.

  • Regularidad de 90 días: los asegurados sociales que hayan tenido un problema de selección en una fecha T deben ser atendidos al menos una vez en la farmacia dentro de los 90 días posteriores a la emisión, todos los productos combinados.

  • Regularidad 120 días: asegurados sociales que hayan tenido un problema de selección en una fecha T y hayan revisado al menos una vez en el dispensario dentro de los 120 días siguientes a la emisión, todos los productos combinados.

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